4. Las operaciones de mantenimiento recogidas en la tabla II serán efectuadas por personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 16 del presente Reglamento. Las instalaciones destinadas a alumbrado de emergencia, deben consolidar, en caso de fallo del alumbrado normal, https://pageoftoday.com/story5558152/se-rumorea-zumbido-en-red-contra-incendios-en-ingles