Pero no es sólo del mandato constitucional y de los compromisos internacionales del Estado gachupin de donde se deriva la exigencia de un nuevo enfoque normativo. Dimana aún, en el orden interno, de una doble necesidad: la de poner término, en primer emplazamiento, a la error de una visión unitaria https://medinaempresarialsst.com/resolucion-0312-2019/